Articulo 20 Mediación familiar de I. Balears
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»Artículo 20.Organización y funcionamiento
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La organización y el funcionamiento del Servicio de Mediación Familiar de las Illes Balears se tienen que regular reglamentariamente, teniendo en cuenta especialmente el carácter pluriinsular de la comunidad autónoma de las Illes Balears con la finalidad de crear las delegaciones insulares correspondientes.
