Artículo 20 medidas 2026 fiscales y administrativas para Galicia
Artículo 20. Modificación del Reglamento orgánico de la Asesoría Jurídica de la Xunta de Galicia, aprobado por el Decreto 343/2003, de 11 de julio
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Se modifica el artículo 55 del Reglamento orgánico de la Asesoría Jurídica de la Xunta de Galicia, aprobado por el Decreto 343/2003, de 11 de julio, que queda redactado como sigue:
«Artículo 55. Tribunal
La composición del tribunal de las oposiciones de letrados de la Xunta de Galicia será la siguiente:
a) Presidente o presidenta: una persona funcionaria perteneciente a la escala de letrados de la Xunta de Galicia, designada a propuesta de la persona titular de la Secretaría General de la Asesoría Jurídica General.
b) Vocales:
1°. Una persona magistrada designada a propuesta del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
2°. Una persona catedrática o profesora titular de las facultades de Derecho de las universidades del Sistema universitario de Galicia, con competencia en una o más disciplinas relacionadas con el contenido del programa, designada a propuesta de la persona titular de la Secretaría General de la Asesoría Jurídica General.
3°. Una persona funcionaria perteneciente al cuerpo superior de la Xunta de Galicia, escala superior de finanzas, a propuesta de la consejería competente en materia de hacienda.
4°. Una persona letrada de la Xunta de Galicia, designada a propuesta de la persona titular de la Secretaría General de la Asesoría Jurídica General, que desempeñará, además, las funciones de secretario o secretaria.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 152 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia, se procurará la composición paritaria de los órganos de selección del personal de la Administración pública gallega.».
