Articulo 20 Medidas Financieras y Administrativas 2012 C. León
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»Artículo 20. Racionalización y sostenimiento del gasto público.
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En el ámbito de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, las subvenciones, ayudas, prestaciones, becas, beneficios tributarios y, en general, cualquier tipo de beneficio o aportación, de contenido económico o material, se determinarán teniendo en cuenta la capacidad económica de las personas físicas destinatarias.
No obstante, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero competente por razón de la materia, podrá excepcionar determinados supuestos en los que concurran razones de interés público.
