Articulo 20 Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente
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»Artículo 20. Gestión, recaudación e inspección
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La gestión, recaudación, comprobación e inspección del impuesto corresponden a los servicios centrales de la Agencia Tributaria de Cataluña, sin perjuicio de la colaboración con los órganos de inspección sectorialmente competentes en la materia.
