Articulo 20 Medidas en materia de Contratos del Sector Público
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»Artículo 20. Secretario del Tribunal.
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Uno de los vocales del Tribunal ejercerá las funciones de secretario y actuará con voz y voto.
Modificaciones
- Modificación realizada (20) por LEY 5/2017, de 1 de junio, de Integridad y Ética Públicas.
(AR de 16-06-2017) en vigor desde 06-07-2017 - Artículo modificado (20) por LEY 10/2012, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
(AR de 31-12-2012) en vigor desde 01-01-2013
