Articulo 20 Medidas Urgentes para la Declaración de Proyectos Prioritarios en Castilla-La Mancha
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Articulo 20 Medidas Urgentes para la Declaración de Proyectos Prioritarios en Castilla-La Mancha.

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Artículo 20. Cooperación interadministrativa con las entidades locales.

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Los ayuntamientos que manifiesten falta de medios materiales o humanos para la tramitación de los expedientes necesarios para la implantación de los proyectos declarados como prioritarios, podrán encomendar a la correspondiente Diputación Provincial o a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha el impulso y tramitación del expediente, facultándole a tomar todos los acuerdos necesarios para la continuidad en la tramitación, excepto el acuerdo para la otorgación de las correspondientes licencias de obras o de actividad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-07-2020 en vigor desde 01-08-2020