Articulo 20 Medidas urgentes para la reducción del déficit
Artículo 20. Tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional
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Se crea una nueva Disposición Adicional Decimocuarta en la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, con la siguiente redacción.
"Disposición Adicional Decimocuarta.
Tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional en el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos
El tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, al que se refiere el apartado Seis bis del artículo 9 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, será, hasta el 31 de diciembre de 2012, de 48 euros por 1.000 litros".
