Articulo 20 Municipio Turístico
Artículo 20. Seguimiento del convenio.
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1. Para el seguimiento, vigilancia y control de los convenios se creará una Comisión de Seguimiento única para cada Municipio Turístico de Andalucía, de la que formarán parte, como mínimo, representantes del propio municipio y de las Consejerías firmantes, sin perjuicio de que la integren otros representantes en virtud de lo dispuesto en el artículo 18.3 de este Decreto.
2. La Comisión tendrá como funciones las de velar por la interpretación y el cumplimiento efectivo del contenido del convenio, así como la propuesta de modificaciones y de cuantas medidas crea oportunas para el buen desarrollo de la actividad turística en el municipio.
3. En la composición de la Comisión se respetará el principio de representación equilibrada de mujeres y hombres, en los términos previstos por los artículos 18.2 y 19.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
4. La Comisión, a través de su Presidencia, que será ejercida por la persona representante de la Consejería competente en materia de turismo, podrá recabar la petición de informes o asesoramientos para la mejor valoración de las propuestas que se le sometan.
(NOTA: Se declara la inconstitucionalidad y nulidad de la redacción dada al presente artículo por Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, pasando a estar nuevamente vigente la versión original del mismo)
- Modificación realizada (20 (se anula redacción dada por Decreto-ley 2/2020)) por Pleno. Sentencia 40/2025, de 11 de febrero de 2025. Recurso de inconstitucionalidad 3887-2020. Interpuesto por más de cincuenta senadores del Grupo Parlamentario Socialista respecto del Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía. Límites materiales de los decretos leyes: pérdida parcial de objeto del proceso; convalidación de la norma de urgencia por la diputación permanente, convocada al efecto en el contexto de la crisis sanitaria provocada por la pandemia de la Covid-19; nulidad de los preceptos legales que reforman la Ley de creación del Consejo Audiovisual de Andalucía, los reglamentos sobre suelos contaminados y vertidos al dominio público hidráulico y marítimo terrestre, y el decreto de municipio turístico de Andalucía. Votos particulares.
(BOE de 21-03-2025) en vigor desde 21-03-2025 - Artículo modificado (20) por Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía.
(JA de 12-03-2020) en vigor desde 13-03-2020
