Articulo 20 Normalización...or Público

Articulo 20 Normalización del uso del euskera en el Sector Público

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Artículo 20.- Planes de gestión.

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1.- El plan de gestión es un plan de acción y servirá como herramienta para la consecución de los objetivos establecidos en el plan estratégico.

2.- En cada período de planificación cada entidad del sector público vasco elaborará y aprobará, al menos en dos ocasiones, un plan o planes de gestión para el desarrollo del plan estratégico. Dicha aprobación se efectuará de acuerdo con sus propias normas de organización interna. Una vez aprobado, deberá ser publicado en el portal web de la entidad.

3.- Los planes de gestión podrán ser unitarios, esto es, para toda la entidad, o podrán ser sectoriales, cuando el tamaño de la entidad, su forma organizativa, la especificidad del sector de actividad o las circunstancias así lo aconsejen.

4.- La estructura de los planes de gestión se corresponderá con la del plan estratégico. En ellos se determinarán las acciones concretas dirigidas a alcanzar, en el período establecido, los objetivos recogidos en el plan estratégico, así como la asignación de responsabilidades, plazos y fechas límite de seguimiento de las mismas.

5.- Para la aprobación de cada plan de gestión, el órgano competente evaluará el grado de cumplimiento del plan de gestión anterior.