Articulo 20 Normas complementarias para la celebración de las elecciones al Parlamento de 12 de mayo
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»Artículo 20. Formación y constitución de las mesas electorales
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20.1 Los actos de formación y de constitución de las mesas electorales y de votación se rigen por lo que establecen los artículos 23 a 28 y 80 a 94 de la Ley orgánica del régimen electoral general.
20.2 Los sorteos públicos para la designación del presidente o presidenta y de vocales de cada mesa tienen lugar entre los días vigesimoquinto y vigesimonoveno posteriores al de la convocatoria.
