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Articulo 20 Normas de organización y funcionamiento del Consejo de Transparencia

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Artículo 20. Elaboración, aprobación y presentación.

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1. La Secretaría del Consejo de Transparencia de Navarra redactará una propuesta de memoria comprensiva de las actividades desarrolladas por el mismo en la anualidad precedente y del grado de cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

2. Debatida y aprobada la memoria por el Pleno del Consejo, se elevará, por conducto de su Presidencia al Parlamento de Navarra.

3. Corresponderá a la Presidencia del Consejo de Transparencia de Navarra presentar ante el Parlamento de Navarra la Memoria, pudiendo acudir acompañada de las y los miembros que, a tal efecto, el Pleno designe.

4. El Consejo de Transparencia de Navarra remitirá la memoria al Parlamento de Navarra, a través de su presidencia, para que se publique en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra, si procede.