Articulo 20 Ordenación te...rbanística

Articulo 20 Ordenación territorial y urbanística

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Artículo 20. Clases de instrumentos.

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1. Se establecen como instrumentos ordinarios de ordenación del territorio, relacionados según su orden de prevalencia, los siguientes:

a) Directrices de Ordenación Territorial.

b) Planes de Ordenación Territorial.

c) Programas de Actuación Territorial.

2. Se establecen como instrumentos excepcionales de ordenación del territorio las Actuaciones de Interés Regional.