Articulo 20 Parejas de Hecho de Cantabria
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»Artículo 20. Vivienda pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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En la adjudicación de viviendas propiedad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se entenderá equiparada la pareja de hecho inscrita al matrimonio.
