Articulo 20 Presupuestos 2009 Baleares
Artículo 20. Avales específicos.
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1. En todo caso, en el ejercicio 2009, el Gobierno de las Illes Balears puede avalar, con carácter solidario y con renuncia expresa al beneficio de excusión, las siguientes operaciones de crédito:
Por un importe de hasta 22.500.000,00 euros, las que concedan las entidades financieras a Servicios Ferroviarios de Mallorca (SFM).
Por un importe de hasta 30.000.000,00 de euros, las que concedan las entidades financieras al ente público Radiotelevisión de las Illes Balears.
Por un importe de hasta 18.000.000,00 de euros, las que concedan las entidades financieras a Puertos de las Illes Balears.
Por un importe de hasta 5.000.000,00 de euros, las que concedan las entidades financieras a Servicios de Mejora Agraria, S.A. (SEMILLA).
Por un importe de hasta 39.000.000,00 de euros, las que concedan las entidades financieras a la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental (ABAQUA).
Por un importe de hasta 16.000.000,00 de euros, las que concedan las entidades financieras al Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos y Culturales (IBISEC).
2. Las operaciones de crédito que hayan de avalarse tienen como objeto exclusivo la financiación del plan de inversiones de los entes mencionados en el apartado anterior, que queda reflejado en los presupuestos correspondientes.
