Articulo 20 Régimen especial del municipio de Zaragoza como capital
Artículo 20. Consejo Bilateral de Capitalidad.
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1. El Consejo Bilateral de Capitalidad es un órgano colegiado de carácter permanente, que tiene por objeto la coordinación y colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza, en todo lo que afecta a sus respectivas competencias y responsabilidades derivadas del hecho de la capitalidad autonómica, así como las establecidas en la presente ley.
2. El Consejo Bilateral de Capitalidad estará integrado por representantes del Gobierno de Aragón y del Gobierno de Zaragoza. Serán miembros de este Consejo:
a) Los Consejeros del Gobierno de Aragón de Presidencia y de Hacienda y dos Consejeros en función de los asuntos que tratar.
b) Los Consejeros del Gobierno de Zaragoza competentes en materia de Presidencia y de Hacienda y dos Consejeros o Concejales Delegados en función de los asuntos por tratar. Si las competencias en materia de Presidencia y de Hacienda corresponden a la misma área serán tres los Consejeros o Concejales Delegados, determinados en función de los asuntos por tratar.
3. La Presidencia del Consejo Bilateral de Capitalidad se ejercerá de modo alternativo por un representante del Gobierno de Aragón y del Gobierno de Zaragoza.
4. La Secretaría del Consejo Bilateral de Capitalidad será ejercida alternativamente por un funcionario del Gobierno de Aragón, cuando presida un representante municipal, y del Ayuntamiento de Zaragoza, cuando presida un representante del Gobierno de Aragón. El Secretario actuará con voz pero sin voto.
Las certificaciones serán emitidas por el funcionario que haya ejercido como Secretario en la última reunión.
5. El Consejo Bilateral de Capitalidad podrá crear grupos de trabajo y preparación de asuntos con representantes de ambas administraciones.
6. El Consejo Bilateral de Capitalidad podrá invitar a participar en sus sesiones a cualquier miembro de los Gobiernos de Aragón y de Zaragoza cuando se vayan a tratar asuntos o temas de su competencia específica.
