Articulo 20 Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas
Ver Indice
»Artículo 20. Escala de oficiales.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En la escala de oficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Vuelo.
b) Defensa y Control Aeroespacial.
c) Ciberespacio.
Modificaciones
- Artículo modificado (20) por Real Decreto 296/2021, de 27 de abril, por el que se modifica el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo.
(BOE de 28-04-2021) en vigor desde 29-04-2021
