Articulo 20 Reglamento de organizacion y funcionamiento de la Policía Foral -Derogado-
Artículo 20. División de Seguridad Interior.
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Corresponde a la División de Seguridad Interior el ejercicio de las funciones previstas en este Decreto Foral en los siguientes ámbitos de la actuación policial:
a) La vigilancia y custodia de los edificios institucionales de la Comunidad Foral que, por sus especiales circunstancias, se determinen por el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior.
b) El control de acceso a los edificios mencionados en el apartado anterior, y de aquellos que temporalmente se señalen por las Autoridades superiores, así como la coordinación y colaboración con los servicios de Seguridad Privada que desarrollen funciones de vigilancia y/o control de accesos a edificios públicos de la Administración.
c) Ejecución del servicio de depósito de detenidos a disposición judicial, custodia y traslado de los mismos, asegurando la coordinación con los servicios y unidades policiales en esta misión.
d) La inspección, control y coordinación de las funciones derivadas de competencias asumidas por el Gobierno de la Comunidad Foral de Navarra, en relación a la Seguridad Privada, así como el cumplimiento de las directrices emanadas de la Dirección General de Interior en relación a la misma.
e) El desarrollo de estudios y propuestas que incrementen la seguridad en el desarrollo de las funciones encomendadas.
f) Recepción, control, inspección y remisión de documentación y paquetería.
g) Cualquier otro de análoga naturaleza que le sea encomendado.
- Modificación realizada (20) por DECRETO FORAL 76/2010, de 30 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio.
(NA de 20-12-2010) en vigor desde 21-12-2010 - Artículo modificado (20) por DECRETO FORAL 103/2008, de 20 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de Organizacion y Funcionamiento de la Policia Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio.
(NA de 10-11-2008) en vigor desde 11-11-2008
