Articulo 20 Servicios soc...-Derogada-

Articulo 20 Servicios sociales de Andalucía -Derogada-

Ver Indice
»

Artículo 20. El Instituto Andaluz de Servicios Sociales.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Sin perjuicio de las normas contenidas en el Título III de esta Ley, se crea el Instituto Andaluz de Servicios Sociales (IASS), como organismo autónomo de carácter administrativo de la Junta de Andalucía, adscrito a la Consejería de Salud y Servicios Sociales, con personalidad jurídica propia para la gestión de los Servicios Sociales de la Junta de Andalucía, incluidos los tranferidos de la Seguridad Social.