Articulo 20 Simplificación y mejora de la regulación normativa
Ver Indice
»Artículo 20. Modificación del artículo 7 de la Ley 4/2009
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se modifica el apartado 3 del artículo 7 de la Ley 4/2009, que queda redactado del siguiente modo:
"3. El Gobierno nombra a todos los vocales del Consejo de Administración a propuesta del presidente o presidenta del Instituto. La duración del mandato de los vocales del Consejo de Administración a que se refiere el punto quinto del apartado 2.d es de cinco años."
