Articulo 20 Tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
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Artículo 20. Cuota.

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1. Tarifa 1.8. Tasa por examen de la documentación necesaria para la verificación y registro o inscripción de la constitución de fondos de titulización y fondos de activos bancarios.

se aplicará una cuota fija de 5.000,00 euros.

2. Tarifa 1.9. Tasa por examen de la documentación necesaria para el registro de la modificación de la escritura de constitución de fondos de titulización y fondos de activos bancarios: se aplicará una cuota fija de 300,00 euros.

3. Tarifa 1.10. Tasa por examen de la documentación necesaria para el registro y verificación de las nuevas incorporaciones de activos: se aplicará una cuota fija de 100,00 euros.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-10-2014 en vigor desde 01-01-2015