Articulo 20 Tercer Sector Social de C. León
Artículo 20. Otras obligaciones específicas.
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Además de las referidas en el artículo anterior, dichas entidades tendrán otras obligaciones en relación al desarrollo de sus actividades, entre las que se encuentran:
a) Transparencia en su actividad y rendición de cuentas anuales.
b) Evaluar el impacto de su actividad desde la perspectiva social, ambiental y económica, así como desde la perspectiva de género y, en último término, sobre los derechos y las oportunidades de las personas destinatarias últimas.
c) Usar procedimientos participativos para la toma de decisiones adaptados a la naturaleza jurídica de la organización, que impliquen, en diferentes grados, a los colectivos que forman parte de la misma, incluidas las personas destinatarias.
d) Actuar de forma respetuosa con el medio ambiente, adoptando medidas adecuadas al tipo de actividad que se lleva a cabo, priorizando el uso de energías renovables y la utilización de las materias primas imprescindibles, reutilizando las que sea posible y reciclando el resto.
e) Establecer planes de mejora continua de los servicios prestados, los cuales preverán, entre otras medidas, el incremento y optimización de los recursos disponibles, la formación de su personal, la profesionalización de los servicios y la ampliación de la capacidad de respuesta.
f) Utilizar un modelo de gestión democrático, estando reflejado en sus estructuras.
g) Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
h) Colaborar con la Administración pública en políticas que tengan como fin la buena atención y buenas prácticas sociales respecto a las personas, participando en la detección de los malos tratos, especialmente en la violencia de género y el maltrato infantil, así como en la detección de la soledad de las personas mayores.
i) Procurar una mejora continua en sus recursos aprovechando nuevas tecnologías y formas de actuación.
j) Fomentar la contratación de personas en situación de vulnerabilidad social en sus propias organizaciones.
k) Trabajar de forma coordinada, tanto con otras entidades como con las Administraciones públicas, tanto en la prevención, en la detección e intervención, de conformidad con los protocolos establecidos y compartiendo la información precisa.
l) Actuar con criterios de calidad y desde un punto de vista ético y de atención digna a las personas.
m) Garantizar que las actividades de la organización sean llevadas a cabo por personal cualificado para dicha actividad.
