Articulo 20 Turismo de C. Valenciana -Derogada-
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»Artículo 20. Imagen turística.
Vigente
La imagen turística de la Comunidad Valenciana en su conjunto es un patrimonio de los valencianos, por lo que corresponde básicamente a la Generalitat Valenciana, a través de l'Agència Valenciana del Turisme, la definición y el establecimiento de las oportunas estrategias para su comunicación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-05-1998 en vigor desde 23-06-1998