Articulo 20 uso y enseñanza del valenciano
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»Artículo 20.
Vigente
La Administración adoptará cuantas medidas sean precisas para impedir la discriminación de los alumnos por razón de la lengua que les sea habitual.
La Administración adoptará cuantas medidas sean precisas para impedir la discriminación de los alumnos por razón de la lengua que les sea habitual.