Artículo 201. Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo
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La Universidad promoverá y organizará cursos para la formación y actualización profesional del personal técnico, de gestión y de administración y servicios, y le facilitará su asistencia. Para ello, la Gerencia aprobará con carácter anual o bienal planes de formación, previa negociación con los órganos de negociación del personal.
