Artículo 202. Acuerdo respecto a Gibraltar entre la UE y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido e Irlanda del Norte, por otra
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»Artículo 202. Excepciones
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El presente capítulo no se aplicará a las ayudas estatales:
a) a las que se refiere la parte IV o el anexo 2 del Acuerdo sobre la Agricultura, que figura en el anexo 1A del Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio, hecho en Marrakech el 15 de abril de 1994 (en lo sucesivo, «Acuerdo sobre la OMC»);
b) relacionadas con el comercio de pescado y productos de la pesca; o
c) relacionadas con el sector audiovisual.
