Articulo 202 Reglamento General de Recaudación
Articulo 202 Reglamento G...ecaudación

Articulo 202 Reglamento General de Recaudación

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 202. Competencia.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Corresponde al Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos la resolución de las tercerías.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-06-1994 en vigor desde 30-06-1994