Artículo 202 Tasas y Precios Públicos
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»Artículo 202. Sujetos Pasivos.
Vigente
Son sujetos pasivos de la tasa las personas que soliciten las actuaciones administrativas constitutivas del hecho imponible.
Modificaciones
- Modificación realizada (202 (se añade)) por LEY 9/2012, de 21 de diciembre, de Medidas Tributarias y Administrativas.
(BOCYL de 28-12-2012) en vigor desde 01-01-2013 - Texto Original. Publicado el 26-12-2001 en vigor desde 01-01-2013