Articulo 203 se aprueba e...lla y León

Articulo 203 se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León

Ver Indice
»

Artículo 203. Contribuciones especiales.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El coste de la ejecución de la urbanización y en su caso de las expropiaciones de bienes y derechos cuya privación u ocupación temporal sean necesarias al efecto, puede ser repercutido sobre los propietarios que resulten especialmente beneficiados por la actuación urbanística mediante la imposición de contribuciones especiales, conforme a la legislación del Estado en materia de Haciendas Locales.