Articulo 204 bis DLeg 1/2..., P. Vasco

Articulo 204 bis DLeg. 1/2025 de 20 de marzo, P. Vasco

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Artículo 204 bis. Hecho imponible.

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Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación por el departamento en materia de salud de los servicios de acreditación, reacreditación o edición de actividades formativas de las profesiones sanitarias en la Comunidad Autónoma de País Vasco.

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