Articulo 205 se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León
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»Artículo 205. Incumplimiento del pago de los gastos de urbanización.
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Ante el incumplimiento en el pago de los gastos de urbanización, el Ayuntamiento puede adoptar alguna o varias de las siguientes medidas, según las circunstancias del caso:
a) Recaudar los gastos adeudados mediante el procedimiento administrativo de apremio.
b) Ejecutar la garantía de urbanización constituida, previa tramitación de procedimiento con audiencia a los deudores.
c) Someter los terrenos afectados al régimen de venta forzosa.
d) Expropiar los terrenos afectados.
