Articulo 205 Reglamento d...al General

Articulo 205 Reglamento de Procedimiento del Tribunal General

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Artículo 205. Presentación de escritos procesales

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1. Los escritos procesales previstos en el presente título podrán presentarse en la Secretaría a través de e-Curia en las condiciones establecidas en los artículos 56 bis y 72, cuando los autores de dichos escritos dispongan de una cuenta de acceso a e-Curia.

2. Si el autor del escrito procesal no dispone de una cuenta de acceso a e-Curia, el escrito procesal, junto con todos los anexos mencionados en el mismo y una relación de dichos anexos, se presentará en la Secretaría en papel. El original de dicho escrito deberá llevar la firma manuscrita del representante del interesado mencionado en el artículo 23 del Estatuto que lo presente o, si las normas procesales nacionales aplicables al litigio lo permiten, la de la parte del litigio principal.

3. Todo escrito procesal irá fechado. Para el cómputo de los plazos procesales solo se tendrán en cuenta la fecha y la hora de presentación del original en Secretaría.

4. No obstante lo dispuesto en el apartado 3, segunda frase, a efectos del cumplimiento de los plazos procesales se tomarán en consideración la fecha y la hora en que se reciba en la Secretaría, por un medio de transmisión electrónica utilizado por el Tribunal General, una copia íntegra del original firmado de un escrito procesal, incluida la relación de anexos mencionada en el apartado 2, siempre que el original del escrito procesal, acompañado de los anexos, se presente en la Secretaría dentro de los diez días siguientes. El artículo 60 no será aplicable a este plazo de diez días.

5. Las instituciones presentarán además, en los plazos fijados por el Tribunal General, traducciones de todo escrito procesal a las demás lenguas indicadas en el artículo 1 del Reglamento n.º 1 del Consejo.

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