Articulo 206 por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León
- Norma vigente hasta el 25 de septiembre de 2025. - DECRETO 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León.
Artículo 206.
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1. En los métodos de ordenación por entresaca pie a pie la posibilidad se deriva de la comparación, clase diamétrica a clase diamétrica, de la curva real de distribución del número de pies con la distribución o curva ideal. Es por lo tanto, una posibilidad fijada en número de pies.
La diferencia de pies resultante y la aplicación de la tarifa única de ordenación permitirá deducir la posibilidad a extraer durante la rotación, que dividida por el número de años de ésta proporcionará la posibilidad anual en volumen. Esta posibilidad anual se puede considerar de mejora y de regeneración.
2. La posibilidad normal, o del cuartel ordenado, se derivaría de la consideración de que la curva ideal debe permanecer igual a sí misma, y del subsiguiente paso a volúmenes.
3. En el caso general de existir un cierto alejamiento de la situación se estimaría la posibilidad tal y como se indica en el apartado 1., comparando la cifra obtenida con la posibilidad normal. Si las diferencias entre ambas cifras se juzgasen importantes, se aplicarían factores de corrección basados en la comparación de existencias reales y normales o en la comparación de inventarios, si procediera.
En caso de discrepancias importantes procedería revisar la curva ideal propuesta.
