Articulo 206 D. 75/2007, de 18 de mayo, C.Valenciana, Reglamento de Protección Pública a la Vivienda
- Norma derogada salvo su Título III y las disposiciones adicionales, transitorias y finales que hagan referencia a dicho título III. Las referencias que el mencionado título III realiza a los arts. 72, 73.2, 73.4, 74, 75, 76, 58 y 26, se entienden hechas respectivamente a los arts. 24, 25.1, 25.3, 26, 25.4, 27, 31 y 40 del Decreto 90/2009, de 26 de junio, así como a lo dispuesto en los Planes de Vivienda vigentes. - DECRETO 90/2009, de 26 de junio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Proteccion Publica.
- Norma derogada desde el 16 de junio de 2023. - Decreto 68/2023 de 12 de May C.A. Com. Valenciana (Reglamento de vivienda de protección pública y régimen jurídico de patrimonio público de vivienda y suelo)
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»Artículo 206. Instituto Valenciano de Vivienda, SA.
Vigente
El Instituto Valenciano de Vivienda, SA., es el ente público instrumental de la conselleria competente en materia de vivienda que, bajo la supervisión y coordinación de la Dirección General competente en esta materia, tiene a su cargo la administración del parque público valenciano de viviendas, la promoción de viviendas de protección y de promoción pública, y alojamientos de interés social, así como actuaciones en materia de suelo con destino preferente a viviendas de protección pública, cuya organización y funcionamiento se determina por la normativa específica.

