Articulo 207 Código del Derecho Foral de Aragón
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»Artículo 207. Gestión con mandato expreso.
Vigente
Cada cónyuge podrá en cualquier tiempo conferir al otro mandato expreso para la administración de sus bienes, así como revocarlo, condicionarlo o restringirlo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011