Articulo 207 Reglamento d...rbanística

Articulo 207 Reglamento de la Actividad de Ejecución Urbanística

Ver Indice
»

Artículo 207. Título de adjudicación de las viviendas de sustitución.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En defecto de acuerdo entre las partes, el realojo se realizará por el mismo título, con una duración igual al plazo que quede de vigencia de su título originario y en las condiciones de renta pactadas en el contrato.