Articulo 207 TR de la Ley...a Mercante

Articulo 207 TR. de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante

Ver Indice
»

Artículo 207. Devengo de la tasa.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Esta tasa se devengará cuando se inicie la operación de embarque, desembarque o tránsito de los pasajeros y, en su caso, de los vehículos.