Artículo 208. Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo
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»Artículo 208. Reconocimiento de la función tutorial.
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1. La Universidad computará el período de tiempo en que el profesorado tutor hubiera desarrollado su función tutorial, de acuerdo con la legislación vigente y a los efectos de concursos.
2. La UNED promoverá que la función tutorial de su profesorado tutor sea reconocida por las agencias de evaluación correspondientes.
