Articulo 208 Texto de la ...lo Agrario

Articulo 208 Texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario

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Artículo 208.

Vigente

Igualmente se hará comunicación de la zona afectada por la concentración parcelaria al Ministerio Fiscal para que asuma la defensa de las personas cuyos intereses están a su cargo y especialmente la de los titulares indeterminados o en ignorado paradero. Tendrá, a efectos de esta defensa, las mismas facultades que los particulares.