Articulo 21 213 DLeg 3/...s públicos

Articulo 21 213 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos

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Artículo 21. 21-3. Devengo.

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La tasa se devenga con la prestación de los servicios constitutivos del hecho imponible, pero puede ser exigido el pago por anticipado en el momento en que las personas interesadas hacen la solicitud.