Articulo 21 Administració...nistrativa

Articulo 21 Administración electrónica y simplificación administrativa

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Artículo 21. Cooperación interadministrativa.

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El sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja promoverá la suscripción de acuerdos y convenios de colaboración con otras administraciones para la implantación de espacios comunes y la prestación conjunta de servicios electrónicos o para la gestión coordinada de procedimientos administrativos en los que hayan de intervenir varias administraciones, dentro de los principios, estándares, normas y marcos de interoperabilidad.