Articulo 21 -Banco de España- Supervisión y solvencia de entidades de crédito
Norma 21. Publicidad de los colchones contra riesgos sistémicos.
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 del Real Decreto 84/2015, el Banco de España anunciará la fijación o modificación del colchón contra riesgos sistémicos mediante publicación en su sitio web. El anuncio incluirá, al menos, la siguiente información:
a) El porcentaje o porcentajes del colchón.
b) Las entidades a las que se aplica el porcentaje o porcentajes del colchón.
c) Las exposiciones a las que se aplica el porcentaje o porcentajes del colchón.
d) Una justificación de la fijación o modificación del porcentaje o porcentajes del colchón.
e) La fecha a partir de la cual las entidades deben aplicar el colchón que se haya fijado o modificado.
f) Los nombres de los países donde estén ubicadas las exposiciones a las que se aplica el colchón.
Cuando la publicación de la información a que se refiere la letra d) pudiera hacer peligrar la estabilidad del sistema financiero, dicha información no se incluirá en la publicación.
