Articulo 21 Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia
Ver Indice
»Artículo 21. Régimen de personal.
Vigente
El personal al servicio de las cámaras quedará sujeto a la normativa laboral vigente.
El personal al servicio de las cámaras quedará sujeto a la normativa laboral vigente.