Articulo 21 Catálogo de establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas y Registros de Empresas y Locales
Ver Indice
»Artículo 21. Plazas de toros.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Son los locales habilitados para ofrecer espectáculos en los que intervengan reses bravas en las condiciones establecidas en la normativa sectorial aplicable.
