Articulo 21 Centros que i...n infantil

Articulo 21 Centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil

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Artículo 21. La memoria de autoevaluación.

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1. Las escuelas infantiles cuya titularidad corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía y los centros de convenio realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento y de la calidad de los servicios que ofrecen, que será supervisada por la inspección educativa.

2. El resultado de este proceso se plasmará anualmente en una memoria que incluirá, asimismo, las correspondientes propuestas de mejora. Dicha memoria será coordinada por la dirección del centro y aprobada por el Consejo Escolar antes de la finalización del mes de junio de cada año.