Articulo 21 Colectivos de...e cannabis

Articulo 21 Colectivos de usuarios de cannabis

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Artículo 21.

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Las personas integrantes de los clubes tienen derecho a estar correctamente informados sobre el cannabis, sus propiedades, sus efectos y los posibles riesgos o daños que pudieran derivarse de su consumo, así como de los modos de administración alternativos a los cigarrillos.