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Articulo 21 Condiciones técnico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo

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Artículo 21. Caudalímetroso contadores de agua.

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A fin de conocer en todo momento el volumen de agua renovada y depurada en cada vaso, será obligatoria la instalación de 2 contadores de agua, uno en la entrada de agua de alimentación al vaso, y otro después de la filtración y antes de la desinfección del agua recirculada.