Articulo 21 Cooperación I... Andalucía

Articulo 21 Cooperación Internacional para el Desarrollo de Andalucía

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Artículo 21. Promoción de la sensibilización de la población.

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La Administración de la Junta de Andalucía promoverá la sensibilización de la población andaluza mediante la difusión de contenidos de educación con el fin de dar a conocer la problemática que afecta a los países en vías de desarrollo. Asimismo promoverá la reflexión crítica, el espíritu solidario y la participación activa y comprometida en campañas de sensibilización, servicios de información, programas formativos y demás medios que se consideren adecuados para este fin.