Articulo 21 Desarrollo de la Ley 4/2007, de coordinación de policías locales, en materia de uniformidad, acreditación y medios técnicos
- Norma vigente hasta el 5 de marzo de 2023. - DECRETO 15/2023, de 12 de enero, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales.
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»Artículo 21. Medios técnicos.
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1. Los medios técnicos son los aparatos, elementos y sistemas que el personal de los cuerpos de la policía local utiliza para cumplir mejor con sus obligaciones.
2. Estos medios podrán ser para uso individual o de dotación colectiva, pero todos ellos deberán cumplir con las características o especificaciones técnicas a las que obliguen las normas vigentes.
