Articulo 21 la Diputación... turístico

Articulo 21 la Diputación General de Aragón, sobre régimen de precios, reservas y servicios complementarios en establecimientos de alojamiento turístico

Ver Indice
»

Artículo 21. Horario de los comedores y preparación de las comidas.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La dirección de los establecimientos que dispongan de comedor, señalará el horario relativo a la prestación del servicio.

La presentación, composición y la calidad de las comidas deben estar acordes con la categoría del establecimiento.