Articulo 21 Espectáculos taurinos populares
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»Artículo 21. Características de las reses de lidia.
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En la celebración de festejos taurinos populares solamente podrán utilizarse reses hembras o machos de ganado bovino de lidia, cuyo nacimiento se encuentre debidamente registrado en el correspondiente libro genealógico de la raza bovina de lidia y disponga de certificación expedida por el mismo así como de la documentación que en cada momento sea precisa para el movimiento de los animales.
